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Condenan a un hombre por romper un vaso de cristal contra la cara de otro tras una pelea


La Audiencia de Málaga ha condenado a un hombre a una pena de dos años de prisión por romper un vaso de cristal contra la cara de otro, tras una pelea en un bar de la localidad malagueña de Fuengirola. La víctima sufrió perforación de la córnea de un ojo y el acusado tendrá que indemnizarle con 45.000 euros, de los que ya ha abonado una parte.

Los hechos sucedieron en 2011. Según la sentencia, el acusado estaba en el exterior de un bar, donde previamente había tenido un altercado con la víctima, cuando se volvió a dirigir a ésta y "a sabiendas de las graves lesiones que podría causarle con su acción", le golpeó con un vaso de cristal "rompiéndolo con su rostro".

A consecuencia de esto, el hombre sufrió perforación corneal del ojo izquierdo, además de otras lesiones, que requirieron puntos de sutura e intervenciones quirúrgicas, curando en 331 días. Además, le quedaron secuelas, como un déficit de agudeza visual y pérdida de visión combinada de ambos ojos, "lo que supone una pérdida sustancial del sentido de la vista".

Momentos antes de esta agresión, según se declara probado en la resolución, a la que tuvo acceso Europa Press, el procesado ya se había enfrentado en el interior de dicho establecimiento de ocio con otro hombre, que acompañaba al anterior, al que golpeó propinándole un cabezazo en el rostro. Éste resultó con una contusión nasal.

El acusado reconoció en el juicio que había cometido los hechos, por lo que se le condena, con su conformidad, por un delito y por una falta de lesiones, imponiéndole dos años de prisión y una multa de 180 euros; así como el pago de 45.000 euros de indemnización al primer hombre.

Se le aplica la circunstancia que atenúa la pena de reparación del daño, ya que ha consignado 30.000 euros de los 45.000 euros que debe pagar a la primera víctima, debiendo abonar aún 10.000 euros en el plazo de 12 meses. Los 5.000 euros restantes los abonará la compañía de seguros.

La Sala le concede la suspensión de la condena por el plazo de tres años, condicionada a que no delinca en ese tiempo y haga efectivo el pago de los 10.000 euros en concepto de responsabilidad civil en los 12 meses establecidos.

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