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Todo profesor debe acudir a sus exámenes


El pasado día 29 de enero, según el diario <i>El</i> <i>Sur</i>, un profesor de Derecho de la Seguridad Social, que es una asignatura optativa del Grado en Economía en la UMA, se olvidó de asistir a un examen que tenían que realizar sus alumnos a las 16.30 horas, sin que fuera posible localizar al docente. Resulta fácil imaginar la cara que tuvieron que poner los estudiantes que, habiéndose presentado en el centro universitario, vieron que el profesor encargado de dirigir su evaluación no acudía a la hora oficial para calificar su dominio del temario.

La Exposición de Motivos de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, señala que “<i>La sociedad española necesita que su sistema universitario se encuentre en las mejores condiciones posibles de cara a su integración en el espacio europeo común de enseñanza superior y, como principio fundamental, que los profesores mejor cualificados formen a los estudiantes que asumirán en un futuro inmediato las cada vez más complejas responsabilidades profesionales y sociales</i>”. Además, hay que destacar el artículo 33.2 de esa norma, que indica que “<i>La docencia es un derecho y un deber de los profesores de las Universidades que ejercerán con libertad de cátedra, sin más límites que los establecidos en la Constitución y en las leyes y los derivados de la organización de las enseñanzas en sus Universidades</i>”, y el artículo 25.4 del Real Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Estudiante Universitario, que dice que “<i>La programación de pruebas de evaluación no podrá alterarse, salvo en aquellas situaciones en las que, por imposibilidad sobrevenida, resulte irrealizable según lo establecido</i>” y que “<i>Ante estas situaciones excepcionales, los responsables de las titulaciones realizarán las consultas oportunas, con el profesorado y los estudiantes afectados para proceder a proponer una nueva programación de acuerdo con lo previsto en la normativa autonómica y de las propias universidades</i>”.

Todo estudiante universitario tiene derecho a ser examinado en las condiciones determinadas por la programación establecida por cada departamento. Para eso, es necesario que acuda el profesor, que, lógicamente, debe cumplir las funciones incluidas en sus competencias docentes, debiendo tener presente que ha de constituir un ejemplo para los alumnos, a los que debe guiar en la introducción y análisis de los aspectos elementales de su asignatura, que, presuntamente, debe tener utilidad para la formación de los estudiantes universitarios.<br /> <br /> Cualquier persona puede, por distintas causas, olvidar un evento programado. Sin embargo, un profesor universitario debe hacer todo lo posible para acudir a aquellos actos académicos de evaluación en los que tiene que examinar a sus alumnos, ya que, si no lo hace, terminará provocando desajustes en la organización y programación de los alumnos, que pueden valorar una asignatura menos de lo que corresponde si observan que su docente puede no recordar eventos relacionados con su materia. También puede el profesor, en esos casos, distorsionar sus propios planes, ya que tendrá que determinar una nueva fecha, siendo posible que su disponibilidad sea reducida y que sea complicado adaptar las posturas del alumnado y del profesorado para hacer el examen que se debió hacer en un día establecido oficialmente.

 

 

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