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¿Puede afectar el estado de alarma a las reclamaciones por las tarjetas revolving?


Muchos consumidores no han reclamado los intereses abusivos de este mecanismo de pago aplazado por la declaración gubernamental del régimen excepcional.

9 días. Ese es el tiempo que pasó entre la sentencia del Tribunal Supremo que consideraba como abusivos los intereses de una tarjeta revolving de WiZink y la declaración del gobierno español del estado de alarma por la pandemia del coronavirus. Esta última decisión ha paralizado las reclamaciones de muchos consumidores que ahora se preguntan hasta qué punto puede el estado de alarma afectar al desarrollo de sus demandas.

Si bien es cierto que el fallo del Alto Tribunal se venía esperando desde hace meses por la cantidad de consumidores que había atrapados en la espiral de deudas que las tarjetas revolving generan, para muchos esta situación de confinamiento obligado ha supuesto un jarro de agua fría a la hora de recuperar con celeridad el dinero pagado de más en concepto de intereses.

Máxime si se tiene en cuenta las complicadas circunstancias económicas que se están viviendo en distintas unidades familiares por procesos como los ERTE, despidos o el cierre temporal de empresas y establecimientos.

Afrontar con tranquilidad la situación

En este aspecto Guillermo Pérez Gómez del despacho Larson & Co es positivo e invita a la calma. Él ha gestionado en estos meses cuantiosas reclamaciones y afirma que “de ninguna forma” puede afectar el estado de alarma a aquella persona que desee reclamar. En cualquier caso puntualiza que “como casi todo en España, los juzgados también están parados”, por lo que sí que es cierto que se podrían alargar los plazos.

Aún así esta situación excepcional no ha de ser un impedimento porque “la presentación de todo tipo de demandas está habilitada”, de hecho desde su despacho se sigue trabajando “con normalidad” en este aspecto.

Los bancos buscan acuerdos extrajudiciales

Si bien es cierto que el balance que hasta ahora realizan especialistas como Guillermo Pérez de la sentencia emitida por el Tribunal Supremo es “bastante buena”, no es menos cierto que muchas entidades bancarias están tratando de minimizar el impacto económico de esta decisión contactando a los clientes de estas tarjetas y ofreciéndoles un acuerdo al margen de los tribunales.

Ante esta situación, Guillermo Pérez sugiere que “antes de aceptar propuesta alguna planteada por el banco, se pongan en contacto con algún profesional para saber en qué medida les puede afectar dicho acuerdo y conocer si les está siendo realmente favorable”.

Este abogado considera importante obtener una opinión de algún asesor o especialista ya que “los bancos, en muchos casos, intentan solucionar el problema cerrando acuerdos con los clientes con el menor coste posible”.

No hay que olvidar que gracias a esta sentencia “se ha logrado un respiro para muchos consumidores que se estaban viendo ahogados por estos intereses abusivos” y echar por tierra esta oportunidad con un acuerdo desfavorable con el banco después del esfuerzo económico realizado no parece la mejor opción.

 

 

 

Comentarios
  • Belén Rincón Pérez

    27 May 2020

    Como bien comenta el artículo, el estado de alarma no debe ser un impedimento para reclamar este tipo de productos (tarjetas revolving / préstamo revolving)

    Tenemos constancia a través de nuestros clientes, que les están llamando de manera reiterada, para intentar llegar a un acuerdo, rebajando el tipo de interés que se le aplica actualmente, y con ello evitar que se llegue a la vía judicial.

    Los acuerdos que hemos visto hasta la fecha, no son nada favorables a los clientes. Recomendamos que se pongan en contacto con un profesional especializado en la materia antes de firmar cualquier acuerdo.

    Abogada Belén Rincón Pérez
    Especialistas en Banca
    Tlf. 696803927
    infobelenrinconabogada@gmail.com

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