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Declaran nula la multa a una mujer por ir en silla de rueda en sentido contrario en Benahavís


El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 5 de Málaga ha declarado nula la multa impuesta por el Ayuntamiento de la localidad malagueña de Benahavís a una mujer por ir en silla de ruedas en sentido contrario por una calle.

Ana María Pérez, representada por los abogados Mercedes Rosa Casilari y Antonio Pachón, de Lex Veritas Abogados, fue multada en agosto de 2015, primero con 500 euros, cantidad que posteriormente se rebajó a 200 euros. No obstante, recurrió a los tribunales, pidiendo que se anulara por completo dicha sanción.

Ahora, el magistrado señala en su resolución, a la que ha tenido acceso Europa Press, que las personas discapacitadas que circulan con silla de ruedas --con o sin motor-- "tienen consideración de peatones" y considera que "no cabe discusión de que la recurrente no podía circular por la acera", a la vista de las pruebas aportadas.

Por esto, "como cualquier otro peatón, podía ir por la calzada", añadiendo que no está acreditado que a los peatones en el concreto tramo de la calle donde fue interceptada por los agentes les sea aplicable la prohibición de andar en sentido contrario a la circulación de vehículos".

Asimismo, se indica que la mujer incurriría en la infracción que se le achaca "si en concreto no fuera por su derecha, dato que no consta en los hechos probados de la resolución, o no hubiera atendido a la señal de los agentes, lo que se desprende del informe", pero "no fue incorporado a los hechos probados".

Los letrados pusieron de manifiesto en el juicio, celebrado el pasado 17 de este mes de noviembre, que su cliente, que se desplaza con una silla de rueda con motor autopropulsado, no tenía otra alternativa posible, dadas las "limitadas dimensiones de la acera".

 

 

 

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